La solicitud de audiencia interrumpe el plazo para interponer la demanda
“D. P., R. A. c/ A., M. D. C. – Divorcio vincular – Contencioso”
La justicia de Córdoba hizo lugar a una demanda para la fijación de compensación económica presentada un año después de decretarse el divorcio de las partes, ello teniendo en cuenta que el plazo de caducidad (de 6 meses) había sido interrumpido por el pedido de audiencia para iniciar la etapa prejurisdiccional.
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Fuente: Editorial Erreius
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Jurisprudencia:
«S., A. A. c/P., O. R. s/fijación de compensación arts. 524 y 525, CCCN»