201501.07
Apagado
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Fallo del día: En materia de renta vitalicia previsional el plazo de prescripción es de 3 años

jurisprudenciaLa sala III de la  Cám. Fed. Seg. Soc.  intimó a una compañía de seguros al reintegro de los importes que retuvo en concepto de impuesto a las ganancias sobre el saldo de las sumas retroactivas adeudadas por una renta vitalicia previsional en virtud de sentencia definitiva, al concluir que tales supuestos no se hallan alcanzados por la citada obligación tributaria. Se considera que el impuesto debe calcularse sobre la suma que correspondía abonar mes a mes en concepto de renta vitalicia previsional (RVP) en dólares y no sobre el pago realizado por la demandada en cumplimiento de la condena de autos.

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