201508.27
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Ley “más favorable” para empleados expatriados, con media sanción

ErreiusHoy en día, una gran cantidad de empresas del exterior están radicadas en Argentina, y muchas otras empresas expatrian empleados, por eso, ante la necesidad de internacionalizar el marco normativo vigente, la cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que sugiere se aplique la ley más favorable según el lugar donde se realice la labor, ya sea Argentina o de otro país.

Este proyecto presentado por Héctor Recalde, el titular de la comisión de Legislación del Trabajo de la cámara baja, busca lograr una modificación en el artículo 3 de la Ley de Contrato de Trabajo, y señala en sus dos párrafos que «regirá todo lo relativo a la validez, derechos y obligaciones de las partes, sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él, en cuanto se ejecute en su territorio, cualquiera sea la nacionalidad de las partes. La Ley extranjera podrá ser aplicada aun de oficio por los jueces, en la medida que resulte más favorable al trabajador».

Añadiendo que «Los contratos de trabajo celebrados en el país para ser cumplidos en el extranjero, cualquiera sea la nacionalidad de los contratantes, se regirán por las leyes del país en el que se cumplan, salvo lo que resulte por aplicación del régimen más favorable al trabajador».

Si bien ya estaba contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo el precepto de aplicar la norma más benigna, actualmente, siempre se aplica la normativa del lugar donde se realiza la prestación. Este artículo priorizará la ley más favorable, cualquiera sea el lugar de celebración o ejecución de los contratos de trabajo.

Fuente: Editorial Erreius