201405.21
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Consulta Frecuente: ¿Cuál es el porcentaje de la contribución adicional que financia el régimen previsional diferencial de la industria de la construcción?

Industria de la construcción. Régimen previsional diferencial, ley 26494. Contribución adicional

¿Cuál es el porcentaje de la contribución adicional que financia el régimen previsional diferencial de la industria de la construcción?
Actualmente, la contribución patronal adicional a cargo de los empleadores contemplados en los incisos a) y b) del artículo 1 de la ley 22250 es del 5% sobre la remuneración imponible de los trabajadores comprendidos en el régimen.

El motivo de esta alícuota adicional es para compensar el régimen jubilatorio diferencial y anticipado establecido por la ley 26494, a través de la cual los trabajadores de la industria de la construcción encuadrados en el marco de lo dispuesto en el inciso c) del artículo 1 de la ley 22250 pueden acceder a la jubilación cuando alcancen la edad de 55 años, sin distinción de sexo.